CONVOCADAS AYUDAS ESTATALES PARA LA MODERNIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN INTEGRAL DE INVERNADEROS EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

Se ha publicado en BOJA la Orden de 27 de septiembre de 2022, por la que se convocan ayudas para inversiones en modernización y transformación integral de invernaderos de hortalizas, flor cortada y planta ornamental para 2023, previstas en el Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre de 2021, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En julio de 2020, el Consejo Europeo acordó un instrumento excepcional de recuperación temporal conocido como Next Generation EU  dotado con 750.000 M€ para el conjunto de los Estados Miembros, para hacer frente a las consecuencias económicas y sociales de la pandemia.

El Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR), constituye el núcleo del Fondo de Recuperación y está dotado con 672.500 M€. Su finalidad es apoyar la inversión y las reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente, al tiempo que se promueven las prioridades ecológicas y digitales de la UE.

Dentro del MRR, España recibirá un total de aproximadamente 140.000 M€, de los que 60.000 M€ corresponden a transferencias no reembolsables. Además, podrá acceder a un volumen máximo de 80.000 M€ en préstamos.

Con el fin de recibir el apoyo financiero en el marco de este mecanismo, el 30 de abril de 2021, España presentó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que establece las inversiones y reformas para los años 2021-2023. Dicho Plan contempla un programa de apoyo para la financiación de planes de inversión destinados a  la transformación integral y modernización en los invernaderos de producción de hortalizas, flor cortada y planta ornamental.

El pasado 3 noviembre, se publicó en BOE el Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El programa de apoyo para la transformación integral y modernización de invernaderos contempla tanto inversiones de tipo productivo para la mejora estructural y de la eficiencia energética, como también de tipo no productivo para impulsar la transición hacia modelos medioambientalmente más sostenibles.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, productoras de hortalizas o flor cortada o planta ornamental bajo invernadero, que sean titulares de una explotación agrícola. Se podrán solicitar inversiones colectivas, siempre que integren un mínimo de cinco titulares de explotación. También podrán ser beneficiarias cualquier organización de productores de frutas y hortalizas, cooperativa o sociedad agraria de transformación reconocida por la autoridad competente cuyos miembros son titulares de una explotación agraria de producción de hortalizas o flor cortada o planta ornamental bajo invernadero.

No es subvencionable la construcción de un invernadero nuevo, si bien se podrá destruir un invernadero situado en una ubicación y levantar uno nuevo en otra ubicación, pero siempre dentro de la misma explotación.

Este programa contempla dos actuaciones:

  • Actuación 1: Transformación integral. La transformación integral del invernadero consistirá en la demolición de un invernadero preexistente y su substitución por otro invernadero que cumpla las características mínimas establecidas en el RD y la realización de una o varias de las inversiones elegibles. La superficie de invernadero substitutivo podrá superar a la del substituido en el caso de que el incremento sea necesario para alcanzar la «superficie mínima», o para incorporar áreas de la misma parcela, susceptibles de ser invernadas que antes de la intervención tuvieran usos secundarios, tales como: caminos, balsas, instalaciones eléctricas u otras instalaciones no productivas asociadas al invernadero sustituido. La inversión mínima dentro de esta actuación es de 160.000 €/ha.
  • Actuación 2: Modernización. Consistirá en la realización de una o varias de las inversiones elegibles, en un invernadero preexistente, debiendo reunir el invernadero resultante al menos las características mínimas establecidas en el RD. La superficie del invernadero modernizado podrá superar a la del preexistente sólo en el caso de que el incremento sea necesario para alcanzar la «superficie mínima» indicada. La inversión mínima dentro de esta actuación es de 100.000 €/ha.

La intensidad máxima de la ayuda, con carácter general es del 40% para inversiones de tipo productivo y del 65%, en el caso de inversiones de tipo no productivo, pudiéndose incrementar este porcentaje en 20 puntos porcentuales en el caso de inversiones colectivas y jóvenes agricultores.

Algunas de las inversiones elegibles de tipo productivo, son las siguientes:

  • Instalación de un sistema de doble puerta, o de doble techo.
  • Implantación de un sistema automatizado de ventilación cenital en todos los módulos y lateral en todo el perímetro.
  • Instalación de sistemas de humidificación automática.
  • Instalación de iluminación.
  • Instalación de mesas, máquinas sembradoras, enmacetadores y mezcladoras de substratos.

Algunas de las inversiones de tipo no productivo, son las siguientes:

  • Instalación de un sistema de aprovechamiento de aguas pluviales: canalización y balsa de almacenamiento.
  • La instalación de sensores de riego.
  • La instalación de sensores de análisis de nutrientes.
  • La instalación de sensores de lumínicos.
  • La instalación de sensores de humedad.

El importe máximo de ayuda para actuaciones realizadas por personas físicas es de 3.000.000 €, para inversiones colectivas así como cualquier organización de productores, cooperativa o SAT, el importe máximo de ayuda asciende a 15.000.000 €. El presupuesto para estas ayudas es de 14.900.639 €.

El plazo máximo para la ejecución de las inversiones aprobadas será de dieciocho meses a contar desde el día siguiente a que se notifique la resolución de concesión.

Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, en base a los criterios de priorización, que se establecen en las bases reguladoras y que puedes consultar en el cuadro adjunto.

El plazo para presentar las solicitudes se encuentra abierto y finalizará el próximo 20 de octubre a las 17:00 horas.

La solicitud debe hacerse telemáticamente, para ello, desde ASAJA Cádiz somos una de las Entidades Habilitadas a tal efecto.

CRITERIOS VALORACIÓN

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Para más información, no dudes en contactar con el Departamento de Ayudas/PAC de ASAJA Cádiz.