SEGURO DE CULTIVOS HERBÁCEOS EXTENSIVOS

La Orden APA/908/2021, de 22 de agosto, regula los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de cultivos herbáceos extensivos, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Son asegurables en este seguro las distintas variedades de arroz, cereales de invierno, cereales de primavera, leguminosas grano y oleaginosas cultivadas en parcelas de secano y regadío, cuyo destino sea exclusivamente la obtención de grano o de semilla certificada.

El seguro cubre los riesgos de pedrisco, incendio, riesgos excepcionales, no nascencia, no implantación y resto de adversidades climáticas.

El agricultor que suscriba este seguro deberá asegurar la totalidad de las producciones del mismo tipo que tenga en su explotación dentro del ámbito de aplicación. El ámbito de aplicación para el Seguro principal corresponde a las parcelas cultivadas de herbáceos extensivos situadas en el territorio nacional y, para el Seguro complementario, las  parcelas de secano que hayan sido incluidas en el seguro principal en los módulos 1 y 2 y que, en el momento de su contratación, tengan unas esperanzas reales de producción superiores a las declaradas inicialmente en dicho seguro principal.

Como novedad, para esta campaña, se han revisado los precios de aseguramiento donde se incrementa 25% con respecto al plan anterior el precio medio de aseguramiento para los cereales de invierno, un 20 % para los cereales de primavera, un 42% para la colza, un 14% para el girasol, un 6% para el arroz y un 4% para las leguminosas.

En cuanto a periodos de suscripción, para colza y camelina, comenzó el pasado 1 de septiembre y finalizará el próximo 31 de octubre de 2022.

Para cereales de invierno, leguminosas y resto de oleaginosas (girasol y cártamo), comenzó el pasado 1 de septiembre y finalizará el próximo 30 de noviembre de 2022.

En cultivos de regadío, para cereales de invierno, leguminosos y oleaginosos comenzó el pasado 1 de septiembre y finalizará el 15 de junio de 2023.

Para cereales de primavera y arroz se iniciará el 1 de marzo de 2023 y finalizará el 31 de julio de 2023.

Para el módulo P (todos los cultivos), el periodo de suscripción se iniciará el 1 de marzo de 2023 y finalizará, para Andalucía, el 30 de mayo de 2023.

Los rendimientos asegurables asignados por comarca y los precios unitarios se pueden consultar en nuestro Departamento de Seguros de ASAJA Cádiz.

Te recordamos que se aplicará una bonificación del 5% en la prima del seguro principal de los Módulos 1 ó 2 en secano, a los asegurados que hayan contratado  cualquiera de los Módulos 1 ó 2 de secano en la campaña anterior, que será de aplicación exclusivamente cuando se realice de forma temprana, antes del 31 de octubre de 2022.

Para aquel que contrate este seguro con ASAJA Cádiz contará, de manera gratuita, con el servicio de seguimiento del cultivo desde la nacencia hasta la recolección, así como el acompañamiento de un técnico en caso de siniestro, durante la peritación. Por otra parte, te informamos que estos seguros tienen ayudas a la contratación, de manera inmediata por ENESA y posteriormente por la Junta de Andalucía.

Para cualquier consulta, así como pedir presupuesto sin compromiso, no dudes en contactar con el Departamento de Seguros de ASAJA Cádiz.