MATERIAS ACTIVAS Y AUTORIZACIONES EXCEPCIONALES
26/08/26
El uso de materias activas está limitado y restringido solo a aquellas materias activas autorizadas para Producción Integrada en arroz.
Las materias activas que se pueden aplicar en el arroz deben estar inscritas en el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios y autorizadas en Producción Integrada de arroz. Hay que tener en cuenta las restricciones reflejadas en las autorizaciones excepcionales a la hora de realizar cualquier tratamiento.
Hay que prestar especial atención a las novedades de la normativa, respecto al uso de fungicidas en semillas para la Producción Integrada de Arroz.
Como hemos dicho en el punto anterior, se utilizarán exclusivamente los herbicidas, insecticidas y fungicidas inscritos en el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios. Hay que tener en cuenta las autorizaciones excepcionales a la hora de realizar cualquier tratamiento.
En estos momentos la autorización excepcional vigente es la materia activa Benzobicyclon 40% para tratamientos herbicidas en el cultivo de arroz.
Como se comentó en el boletín anterior, se recibió la Resolución de 26 de junio de 2026, del Delegado Territorial de Cádiz por la que se autoriza y condiciona la realización de la aplicación aérea de productos fitosanitarios solicitada por la API de arroz ASAJA Cádiz, para el tratamiento de enfermedades que afectan al cultivo de arroz, pero carece de valor efectivo, al no tener ninguna autorización excepcional, de materia activa para utilizarla en vuelo. Por ello los tratamientos de fungicidas contra Pyricularia se deben hacer por medios terrestres.
Para cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el técnico de Producción Integrada de ASAJA Cádiz.

