En julio de 2020, el Consejo Europeo acordó un instrumento excepcional de recuperación temporal conocido como NextGeneration EU dotado con 750.000 M€ para el conjunto de los Estados Miembros, para hacer frente a las consecuencias económicas y sociales de la pandemia.
El Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR), constituye el núcleo del Fondo de Recuperación y está dotado con 672.500 M€. Su finalidad es apoyar la inversión y las reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente, al tiempo que se promueven las prioridades ecológicas y digitales de la UE.
Dentro del MRR, España recibirá un total de aproximadamente 140.000 M€, de los que 60.000 M€ corresponden a transferencias no reembolsables. Además, podrá acceder a un volumen máximo de 80.000 M€ en préstamos.
El pasado 3 noviembre, se han publicado en BOE 2 Reales Decretos que regulan las ayudas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:
En España el importe que se ha recibido se ha repartido entre distintos Ministerios, y dentro de estos, a su vez entre distintas Direcciones Generales. En lo que compete al MAPA:
A través de la DG Producciones y Mercados Agrarios, mediante el RD 948/2021 se desarrollan actuaciones con 4 programas:
1. PROGRAMA DE APOYO A LAS INVERSIONES EN SISTEMAS DE GESTIÓN DE ESTIÉRCOLES EN GANADERÍA (83 M€)
Contempla dos actuaciones:
La inversión mínima es de 10.000 euros por proyecto. La intensidad de la ayuda, con carácter general, es de un 50%, pudiéndose incrementar este porcentaje en 20 puntos porcentuales en el caso de inversiones colectivas y jóvenes agricultores.
2. PROGRAMA DE APOYO A LA TRANSFORMACIÓN INTEGRAL Y MODERNIZACIÓN DE INVERNADEROS (120 M€)
Contempla 2 actuaciones:
a) Actuación 1: Transformación integral. La transformación integral del invernadero consistirá en la demolición de un invernadero preexistente y su substitución por otro invernadero que cumpla las características mínimas establecidas en el RD y la realización de una o varias de las inversiones elegibles. La superficie de invernadero substitutivo podrá superar a la del substituido en el caso de que el incremento sea necesario para alcanzar la «superficie mínima», o para incorporar áreas de la misma parcela, susceptibles de ser invernadas que antes de la intervención tuvieran usos secundarios, tales como: caminos, balsas, instalaciones eléctricas u otras instalaciones no productivas asociadas al invernadero sustituido. La inversión mínima dentro de esta actuación es de 160.000 €/ha.
b) Actuación 2: Modernización. Consistirá en la realización de una o varias de las inversiones elegibles, en un invernadero preexistente, debiendo reunir el invernadero resultante al menos las características mínimas establecidas en el RD. La superficie del invernadero modernizado podrá superar a la del preexistente sólo en el caso de que el incremento sea necesario para alcanzar la «superficie mínima» indicada.La inversión mínima dentro de esta actuación es de 100.000 €/ha.
La intensidad máxima de la ayuda, con carácter general es del 40% para inversiones de tipo productivo y del 65%, en el caso de inversiones de tipo no productivo, pudiéndose incrementar este porcentaje en 20 puntos porcentuales en el caso de inversiones colectivas y jóvenes agricultores.
Algunas de las inversiones elegibles de tipo productivo, son las siguientes:
Algunas de las inversiones de tipo no productivo, son las siguientes:
3. PROGRAMA DE APOYO A LAS INVERSIONES EN EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ENERGÍAS RENOVABLES (BIOGÁS Y BIOMASA AGRÍCOLA) (25 M€)
Contempla 2 actuaciones:
a) Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética en edificios, naves e instalaciones auxiliares de las explotaciones agrícolas y ganaderas. No se considerarán instalaciones auxiliares las relacionadas con los equipos de bombeo y riego en la propia explotación. Inversión mínima 10.000 €/proyecto.
Algunas de las inversiones elegibles dentro de esta actuación son:
La intensidad de la ayuda, con carácter general es del 30 % del coste elegible.
b) Actuación 2: Valorización energética de estiércoles y de biomasa agrícola (Inversión mínima 15.000 €/proyecto):
Algunas de las inversiones elegibles dentro de esta actuación son:
La intensidad de la ayuda, con carácter general es del 45 % del coste elegible.
Las ayudas se dirigirán a la adquisición de maquinaria, destinada al acopio y acondicionamiento de biomasa agrícola, así como a la construcción de centros logísticos e inversiones en estructuras de almacenamiento de la misma, para su uso final en aplicaciones de alta eficiencia energética, entendiendo como tal:
4. PROGRAMA DE APOYO PARA LA APLICACIÓN DE AGRICULTURA DE PRECISIÓN Y TECNOLOGÍAS 4.0 EN EL SECTOR AGRÍCOLA Y GANADERO (79 M€)
La solicitud de la ayuda podrá contemplar la adquisición de una, o varias licencias de software, máquinas y/o equipos nuevos, entre los que se encuentran: abonadora, maquinaria para laboreo y preparación del terreno, autocargador de forraje, cosechadora, empacadora, esparcidor de estiércol, carro mezclador, picadora de forraje, remolque agrícola, segadora, tractor, autoguiado, etc.
Deben ser máquinas y equipos de primera adquisición y tendrán que ser compatibles con las máquinas auxiliares presentes en la explotación o con las que deban funcionar conjuntamente, ya sean adquiridas dentro del objeto de este programa, o ya están disponibles en la explotación.
La solicitud de ayuda debe acompañarse de una memoria descriptiva del proyecto de inversión.
La intensidad máxima de la ayuda será del 40% de los costes elegibles, pudiéndose incrementar en un 20% en el caso de inversiones colectivas y jóvenes agricultores.
La cuantía mínima es de 5.000 € y, la máxima se establece en 300.000 €.
El presupuesto para el desarrollo de estos cuatro programas es de 307 M€, para un periodo de 3 años (2021, 2022 y 2023). El reparto anual del presupuesto entre líneas y CCAA es el siguiente:
A través de la DG Sanidad, mediante el RD 949/2021 se desarrollan actuaciones en 2 líneas:
El presupuesto para el desarrollo de estas dos actuaciones es de 38 M€, para un periodo de 3 años (2021, 2022 y 2023).
Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, en base a los criterios de priorización que se establecen tanto en las bases reguladoras como en la convocatoria.
El plazo para presentar las solicitudes se encuentra abierto y finalizará el próximo 15 de junio de 2022 a las 17:00 horas.
La solicitud debe hacerse telemáticamente, para ello, desde ASAJA Cádiz somos una de las Entidades Habilitadas a tal efecto.
BOJA22-081-00128-6931-01_00260207_Conv RD 948
BOJA22-081-00060-6930-01_00260206_Conv RD 949
Para más información, no dudes en contactar con el Departamento de Ayudas/PAC de ASAJA Cádiz.