SEGURO DE CÍTRICOS

En el BOE número 55, del  4 de marzo de 2020, se ha publicado la  Orden por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de cítricos, comprendido en el cuadragésimo primer Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Bienes asegurables

Son asegurables, las producciones de los cultivos de naranja, mandarina, limón, lima y pomelo, cuya producción sea susceptible de recolección dentro del periodo de garantía, así como sus plantaciones. También son asegurables los plantones durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producción. Asimismo, serán asegurables las instalaciones que cumplan las características mínimas, entendiendo por tales las estructuras de protección antigranizo, de cortavientos artificiales, invernaderos, cabezal de riego y red de riego en parcelas. Para asegurar las instalaciones, es obligatorio asegurar el conjunto de la producción y la plantación.

La orden fija las condiciones técnicas mínimas de cultivo, las condiciones formales del seguro, el rendimiento asegurable, los periodos de garantías, los periodos de suscripción y los precios unitarios.

El próximo 1 de abril comienza el periodo de suscripción del seguro de explotaciones de cítricos, plan 2020, para el seguro complementario a partir del 20 de julio y ambos finalizan el 15 de septiembre.

BOE-A-2020-3148

El Departamento de Técnico y de Seguros Agrarios de ASAJA Cádiz está a tu entera disposición para asesorarte al respecto.