NORMATIVA

Al igual que en campañas anteriores, se utilizarán los insecticidas y fungicidas inscritos en el Registro Oficial de Productos y Material Fitosanitario del Ministerio de Agricultura:

http://www.magrama.gob.es/es/agricultura/temas/medios-de-produccion/productos-fitosanitarios/fitos.asp

En este enlace podemos descargarnos la ficha técnica del producto fitosanitario deseado, donde se especifica:

  • Número de registro.
  • Nombre comercial.
  • Fecha de inscripción.
  • Fecha de caducidad (debe poseer una fecha posterior a la utilización del producto) Composición (Materia activa en %).

Usos autorizados:

  • Cultivo/Especie: debe poner remolacha azucarera o cultivo industrial.
  • Plaga/Efecto: plaga, enfermedad, etc. a controlar.
  • Dosis: en L/ha, Kg/ha, %, etc.
  • P.S. (Plazo de seguridad): tiempo legalmente establecido, expresado usualmente en números de días, que debe transcurrir entre la última aplicación de un fitosanitario y la cosecha.
  • Condicionamientos fisioterapéuticos: condiciones de uso.

Se utilizarán aquellas sustancias activas recogidas en el reglamento de Producción Integrada y que resulten excluidas del Anexo I de la Directiva 91/414/CEE podrán utilizarse como tales hasta sus respectivas fechas límite de utilización establecidas en el momento de su exclusión.

Umbral de daños

Tratamientos y dosis recomendadas

Fichas materias activas

Para cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el técnico de Producción Integrada de ASAJA-Cádiz.