MODIFICACIÓN DECRETO DONDE SE REGULAN LOS FONDOS OPERATIVOS DE LAS ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES DE FRUTAS Y HORTALIZAS

En el BOE número 211 del 3 de septiembre de 2019 se ha publicado el Real Decreto  501/2019 por el que se modifica el Real Decreto 1179/2018 el cual se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.

En este Real Decreto se modifican el apartado 4 del artículo 9 donde explica que las actuaciones que se encuentren en la medida 1,el cual no se podrán modificar si esto conlleva un aumento de la producción de naranjo, clementinas, mandarina, satsuma y limón.

Otra de las modificaciones se encuentran en el artículo 12 donde explica  las «Condiciones de aplicación de la ayuda para paliar los costes administrativos derivados de la constitución de fondos mutuales y para la reposición de los mismos».

 En este  artículo 12, indica  que las organizaciones de productores deberán establecer en sus estatutos, las condiciones de aplicación del fondo mutual que deberán ser validadas por la autoridad componente en el momento de aprobación del programa operativo o sus modificaciones.

Define también cuáles deben ser los requisitos de aplicación para que una OP pague la compensación del fondo mutual a los productores miembro que experimenten una reducción de ingresos. En este sentido, este instrumento se activará cuando los ingresos de los miembros de la OP se reduzcan, al menos, el 20% respecto a la media aritmética de los últimos tres años, o a la media de los últimos cinco, recibiendo una ayuda que podrá llegar al 70% de la pérdida de sus ingresos.

Los fondos mutuales son una medida de gestión de crisis de la que disponen las organizaciones de productores y consisten en una mutualidad, que se dota de manera voluntaria con contribuciones financieras de los miembros de la OP y para ello reciben una ayuda por parte de la UE del 50%.

El Real Decreto regula también una de las medidas incluidas en el “Plan de Medidas para el Sector Citrícola” que este Ministerio presentó al sector y a las comunidades autónomas el día 2 de abril de 2019, para que los programas operativos contribuyan a ajustar la oferta a la demanda en este sector, dirigiendo las inversiones a variedades con mayor salida comercial en el mercado.

Las ayudas comunitarias para la constitución de  fondos mutuales en el marco de los programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas fueron incluidas en el denominado Reglamento Ómnibus, que entró en vigor el 1 de enero de 2018.

BOE-A-2019-12638

Para cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el departamento técnico de Asaja-Cádiz.