SEGUROS

SEGURO DE HERBÁCEOS EXTENSIVOS:

En el BOE número 197 del sábado 17 de agosto de 2019 se ha publicado la Orden por la que se definen los bienes y rendimientos asegurables, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas y los precios unitarios del seguro de explotación de cultivos herbáceos.

Los cultivos asegurables son las distintas variedades de arroz; cereales de invierno: trigo blando, trigo duro, tritordeum, espelta, cebada, avena, centeno, triticale, sus mezclas y alpiste; cereales de primavera: maíz, sorgo, mijo, panizo y teff; leguminosas grano: algarrobas, alholvas, látiros (almortas y titarros), altramuces, cacahuete, garbanzos, guisantes secos, habas secas, haboncillos, judías secas, fabes, lentejas, soja, veza (incluido alberjones) y yeros; oleaginosas: girasol, colza, lino semilla, cártamo y camelina, destinadas a la obtención exclusiva de grano o de semilla certificada, cuya producción sea susceptible de recolección dentro del periodo de garantía y esté ubicada en el ámbito de aplicación del seguro.

Asimismo son asegurables también la paja de los cultivos de cereales de invierno y las instalaciones que componen la instalación.

Cubre los daños en cantidad por los riesgos de pedrisco, incendio, no nascencia y no implantación, riesgos excepcionales y resto de adversidades climáticas.

Incluye una garantía para la  paja de cereal de invierno con cobertura frente a pedrisco, incendio y riesgos excepcionales.

Periodo de contratación

Seguro principal para la garantía a la producción y la garantía a la paja:

Cultivos de secano (módulos 1 y 2): Colza, lino semilla y camelina: del 1 de septiembre de 2019 hasta el 31 de octubre de 2019. Cereales de invierno, leguminosas y resto de oleaginosas (girasol y cártamo): del 1 de septiembre de 2019 hasta  el 30 de noviembre de 2019.

Cultivos de regadío (módulos 1 y 2): Cereales de invierno, leguminosas y oleaginosas: del 1 de septiembre de 2019 hasta el 15 de junio de 2020. Cereales de primavera y arroz: del  1 de marzo de 2020 y finalizará el 31 de julio de 2020.

Todos los cultivos (módulo P): Desde el 1 de marzo de 2020 y finalizará en las fechas siguientes:

Grupos de cultivo Final de suscripción Cereales de invierno hasta el 30 de mayo de 2020.

Cereales de primavera hasta el 31 de julio de 2020.

Leguminosas grano hasta el 15 de junio de 2020

Resto de oleoginosas 15 de junio de 2020

Arroz 31 de julio de 2020

BOE-A-2019-12193

SEGURO DE EXPLOTACIÓN DE CITRICOS :

Desde Asaja-Cádiz queremos recordar que hasta el 15 de septiembre del 2019 podéis contratar el seguro de explotaciones de cítricos.

El Seguro de Explotaciones de Cítricos dará cobertura a todas las explotaciones de Limón, Naranja, Mandarina, Pomelo y Lima, así como a sus plantaciones e instalaciones, cubriéndose los riesgos de helada, pedrisco y viento, además de los riesgos excepciones (fauna silvestre, incendio, Inundación y lluvia torrencial) y restos de adversidades climáticas.

Se tiene que asegurar toda la Explotación en una única póliza y será asegurable en cualquiera de los módulos. (Se recomienda contratar el módulo 3, pues en caso de siniestro recibirán la máxima cobertura y compensación).

El tomador o asegurado tiene la obligación de incluir en su declaración de seguro todos los bienes asegurables de la misma clase que posea en su explotación dentro del ámbito de aplicación. Para ello deberán estar en concordancia con la OPFH, solicitud Única de Ayudas de la Unión Europea o registro de explotaciones oficial.

Se admitirán altas de nuevas parcelas, hasta 30 días después de haber finalizado el plazo de suscripción, siempre cuando a la recepción en Agroseguro de la solicitud de modificación, dichas parcelas no hayan tenido siniestro por los riesgos cubiertos.

Se establece un periodo de carencia de seis días completos contados desde la entrada en vigor del seguro.

No se aplicará carencia en las declaraciones de seguro principal de aquellos asegurados que hubieran contratados la campaña anterior de este seguro.

Todo siniestro deberá ser comunicado por el tomador del seguro dentro del plazo de 7 días, contados a partir de la fecha en que fue conocido, debiendo efectuarse tantas comunicaciones como siniestros ocurran.

Para cualquier cuestión puede ponerse en contacto con el departamento de seguros de Asaja-Cádiz.