COMIENZO DE LA CAMPAÑA DE SOLICITUDES DE AYUDAS PAC 2019

En el BOJA nº 21  del jueves 31 de enero se ha publicado la resolución por la que se disponen para el año 2019 las ayudas que pueden ser solicitadas a través de la Solicitud Única sobre los pagos directos a la agricultura y ganadería y otros regímenes de ayuda, así como la gestión y control de los pagos directos y de los pagos de desarrollo rural.

Plazos a tener en cuenta:

Solicitud Única del 1 de febrero al 30 de abril.

Periodo de modificación 1 de mayo al 31 de mayo.

Alegación al SIGPAC 1 de febrero al 31 de mayo.

Comunicación de cesión de derechos del 1 de febrero a fin de plazo de solicitud.

Se mantienen las mismas líneas de ayudas  directas así como  las ayudas agroambientales, no abriéndose nuevas convocatorias de agroambientales, solo renovaciones.

a) Ayudas directas

Los pagos directos a la agricultura y ganadera y a las ayudas del Programa de Desarrollo Rural en Andalucía objeto de inclusión en la Solicitud Única son las siguientes:

1º Pago Básico a los agricultores.

2º Pago a los agricultores que apliquen Prácticas Beneficiosas para el Clima y Medio ambiente.

3º Pago suplementario para Jóvenes Agricultores que comiencen su actividad agrícola.

4º Pagos al régimen de ayuda asociada:

  • Ayuda asociada al cultivo del arroz
  • Ayuda asociada a los cultivos proteicos
  • Ayuda asociada a los frutos de cascara y algarroba
  • Ayuda asociada a legumbres de calidad
  • Ayuda asociada a la remolacha azucarera
  • Ayuda asociada al tomate de industria
  • Pago específico cultivo de algodón
  • Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas
  • Ayuda asociada para las explotaciones con vacuno de cebo
  • Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no dispone de has admisibles para la activación de los derechos de pago básico
  • Ayuda asociada a los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen has admisibles para la activación de los derechos de pago básico

5º Pago correspondiente al régimen de simplicidad para pequeños agricultores.

b) Ayudas Agroambientales

Medida 10 de Agroambiente y clima incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

  • Operación 1.1. Apicultura para la conservación de la biodiversidad.
  • Operación 1.2. Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.
  • Operación 1.3. Conservación y mejora de pastos en sistemas de dehesas.
  • Operación 1.4. Sistemas sostenibles de cultivos herbáceos de secano.
  • Operación 1.5. Sistemas sostenibles de cultivos agroindustriales.
  • Operación 1.6. Sistemas sostenibles de cultivos leñosos  (permanentes).
  • Operación 1.7. Sistemas sostenibles de olivar.
  • Operación 1.8. Sistemas agrarios de especial interés para las poblaciones de aves esteparias y aves de los arrozales andaluces.
  • Operación 1.9. Sistemas sostenibles de cultivos hortícolas intensivos y flor cortada en invernadero.
  • Operación 1.10. Mantenimiento de sistemas singulares: castaño y uva pasa.
  • Operación 1.11. Agricultura de montaña con orientación ecológica en cultivos leñosos (permanentes).
  • Operación 1.12. Agricultura de montaña con orientación ecológica en olivar.

Medida 11 Agricultura ecológica incluida en el marco de desarrollo rural 2014-2020.

  • Operación 1.1: Conversión a prácticas de agricultura y ganadería ecológica.
  • Operación 1.2: Conversión a prácticas de olivar ecológico.
  • Operación 2.1: Mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura y ganadería ecológica.
  • Operación 2.2: Mantenimiento de prácticas y métodos agricultura ecológica en olivar.

RECORDATORIO Y NOVEDADES

Hectáreas admisibles

Por constituir una situación de elevado riesgo de abandono, no se considerarán admisibles superficies de las parcelas o recintos en las que se haya declarado, de forma reiterada, durante más de cinco años consecutivos una actividad de mantenimiento, a no ser que el solicitante pueda demostrar que está realizando una actividad agraria sobre dichas parcelas.

Superficies de Interés Ecológico SIE

Recordar que la superficie que se pretenda poner este año en barbecho para SIE, no podrán haber estado de cultivo fijador de nitrógeno para SIE en la campaña pasada.

Se incorpora a la especie Crotalaria juncea L. como nuevo cultivo fijador de nitrógeno.

Información Instituto Nacional de Estadísticas

  • Si incorpora un nuevo término en la declaración de cultivo, así como la obligatoriedad de declarar las variedades de los cultivos permanentes.
  •  Jefe de explotación: persona física responsable de las operaciones financieras y de producción habituales y diarias en la explotación.
  • En el caso de frutales se indicará la especie, la variedad y el año de plantación. En el olivar no es necesario indicar el año de plantación.

Destino de la producción agrícola:

Será necesario indicar el destino de la producción siendo obligatorio en el caso de los siguientes grupos de cultivos: Flores, Hortícolas, Cultivos proteicos, Cultivos Bioenergéticos Pudiéndose elegir entre alguno de los siguientes destinos: (Consumo, Procesamiento industrial, Semillas y plántulas, energías renovables).

Cultivos proteicos

No es necesario disponer de una prueba de venta o suministro a terceros de la producción.

Quedarán excluidas del cobro de la ayuda aquellas superficies cuya producción se utilice como abonado en verde, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas, y aquéllas destinadas a la obtención de semillas con fines comerciales.

Se indicará si la parcela se destina a la producción de semilla con fines comerciales.

Contrato algodón

El contrato de suministro entre el agricultor y la desmotadora autorizada se celebrará, a más tardar, el día que se formalice la primera entrega del algodón sin desmotar objeto del mismo, salvo que concurran circunstancias debidamente justificadas a juicio del órgano gestor.

Hortícolas

En superficies hortícolas superiores a 0,10 ha. se declararán todos aquellos productos que se van a cultivar durante la campaña agrícola, indicando producto y variedad, también se indicará el Sistema de explotación (Aire Libre o Bajo Plástico).

Sólo para superficies de menos de 1.000 m² (0,10ha), no es necesario indicar los productos o variedades.

Olivar

Se deberá indicar la variedad. En caso de recintos con variedades distintas, se deberá de indicar el % de cada una de ellas.

Ganaderas

Se deberá indicar si se es Joven Ganadero, o Nuevo Ganadero, así como la explotación origen del ganado, que será la que se computen los animales.

Para el cómputo global de los bovinos primables hay que tener en cuenta la Nueva definición de Novilla (Def.: El bovino hembra a partir de la edad de ocho meses y hasta un máximo de 36 meses, que no haya parido todavía)

BOJA19-PAC

Recordamos que ASAJA Cádiz, desde su Departamento de Ayudas, tramita todas las solicitudes y hace un seguimiento de cada expediente de principio a fin, haciendo que  no tengan incidencias.