CONTROL DE SUBPRODUCTOS ANIMALES PROCEDENTES DE LA CAZA MAYOR Y PLANES TÉCNICOS DE CAZA

Ha salido en el BOE nº 38 de lunes 12 de febrero de 2018, el nuevo Real Decreto por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano y de sanidad animal, en la práctica cinegética de caza mayor. Indicar que dicho decreto entrará en vigor el próximo 1 de julio.

Por otra parte, respecto a las Renovaciones de los Planes Técnicos de Caza, desde el Departamento de Caza y Pesca Continental, dependiente de la Delegación provincial de Cádiz de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se está procediendo a remitir cartas a los Titulares de Coto de esta provincia para informales que aplicando el nuevo Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía, se prorrogan un año más aquellos Planes Técnicos de Caza que está en vigor y que se hará lo mismo en años venideros hasta que todos los Planes queden adaptados al nuevo Reglamento, respecto a su duración.

 Procedimientos Administrativos. Titulares de Cotos-Administración Andaluza

 Desde finales de enero, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, encargada de velar por la gestión de la caza en Andalucía, está procediendo a enviar cartas a aquellos Titulares de cotos cuyos Planes Técnicos caduquen el final de esta Temporada (2017/18), a fin de cumplir con lo indicado en la Disposición Transitoria Séptima, del nuevo Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía aprobado el pasado año (Decreto 126/2017, de 25 de julio; publicado en el BOJA nº 149, viernes 4 de agosto de 2017).

En conversaciones con el Departamento de Caza y Pesca Continental, del Servicio de Gestión del Medio Natural, de la Delegación Provincial de Cádiz de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se nos informa que se procederá a hacer lo mismo en años sucesivos hasta que todos los Planes Técnicos de Caza que estaban en vigor antes de la publicación del nuevo Reglamento se hayan adaptado a él.

Por otra parte, se recuerda que las Memoria Anuales de Actividades Cinegéticas se deben presentar a partir de este año antes del 15 de junio y que deberán ser presentadas exclusivamente por vía telemática y firmadas con firma digital por el Titular del coto.