NO TOLERANCIA EN EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS AGRICULTORES

Recientemente ha publicado el FEGA (Fondo Español de Garantía Agraria) un documento donde se recoge que a partir de la PAC 2018 en adelante no se aplicará tolerancia declarativa alguna a la hora de declarar los derechos de pago básico en la solicitud de ayudas PAC. Esto quiere decir, que aquel titular incluido dentro del Régimen simplificado de pequeños agricultores que declare menos hectáreas que derechos de pago básico posea, no se le concederá pago alguno. De igual manera si se declara una superficie admisible igual o superior que la correspondiente a los derechos activados en 2015, en principio, la solicitud será considerada admisible.

Dada la importancia y las consecuencias de lo anterior se informará al sector de la posibilidad de renunciar al Régimen simplificado para pequeños agricultores y optar al Régimen general. El periodo para poder renunciar al Régimen simplificado para pequeños agricultores coincide con el periodo declarativo de la PAC.

Cualquier cuestión no dudes en ponerse en contacto con el Departamento de Ayudas de Asaja Cádiz.

2017-12-22 nota EERR no tolerancia RPA