PUBLICADAS LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA MODERNIZAR Y TRANSFORMAR EL SECTOR AGROALIMENTARIO ANDALUZ

Hoy se ha publicado en BOJA las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las pequeñas y medianas empresas (PYME), y grandes empresas, destinadas a la realización de inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027 (Intervenciones 68422.01 y 68422.02).

Para acceder a estas subvenciones, las bases reguladoras establecen que los solicitantes deben tener como actividad la transformación y comercialización de productos agroalimentarios, quedando excluidos quienes solo se dediquen a intermediación comercial o venta mayorista sin manipulación del producto. En el caso de industrias ya existentes, será obligatoria la inscripción en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucía (RIAA) para poder recibir las ayudas.

Quedan excluidas las sociedades civiles sin personalidad jurídica, comunidades de bienes, agrupaciones sin personalidad jurídica y las asociaciones, fundaciones y organizaciones sin ánimo de lucro.

Para ambas líneas (68422.01 y 68422.02), serán subvencionables las inversiones en inmuebles productivos, maquinaria y equipos, software, patentes y licencias (máx. 10%), y consultoría/certificaciones relacionadas con calidad, trazabilidad, medio ambiente y energía. También se cubren costes generales (honorarios y estudios) con límites porcentuales.

Las características principales de cada línea de ayuda son las siguientes:

68422.01 – Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios, dirigidas a las pequeñas y medianas empresas (PYME).

CUANTÍA DE LA AYUDA

  1. Si el producto final es agrícola:
  • Ayuda base: 40% del coste de la inversión.
  • Incrementos posibles (hasta un máximo del 65%):
    • +10% si el beneficiario es una Entidad Asociativa Prioritaria (nacional o regional).
    • +10% si se crea empleo, con una ratio empleo/inversión ≥ 0,01.
    • +5% si se incluye inversión en:
      • Valor añadido y competitividad
      • Gestión de calidad de procesos o productos
      • Mejora de trazabilidad
  1. Si el producto final NO es agrícola:
  • Se aplican las reglas de ayudas de Estado (Reglamento UE 651/2014).
  • Ayuda base: 40%
  • Incrementos posibles (hasta un máximo del 50%):
    • +5% por creación de empleo (ratio empleo/inversión ≥ 0,01).
    • +5% por inversión en valor añadido, calidad o trazabilidad (igual que en productos agrícolas).

68422.02 – Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios, dirigidas a las grandes empresas.

CUANTÍA DE LA AYUDA

  1. Productos agrícolas
  • Ayuda base: 30% de los costes elegibles.
  • Incrementos posibles (hasta 50%):
    • +10% si el beneficiario es una EAP Nacional o Regional o forma parte de la misma.
    • +5% por creación de empleo (ratio empleos/inversión ≥ 0,01).
    • +5% por inversiones en valor añadido, competitividad, calidad de procesos/productos o trazabilidad.
  • Grandes empresas que alcanzaron ese tamaño por fusión o integración cooperativa:
    • Ayuda base: 30%, máximo 45%
    • Incrementos:
      • +5% por ser EAP
      • +5% por creación de empleo
      • +5% por inversiones en valor añadido, calidad o trazabilidad
  1. Productos no agrícolas
  • Se aplican las reglas generales de ayudas de Estado (Reglamento 651/2014).
  • Ayuda base: 30%
  • Incrementos posibles (hasta 40%):
    • +5% por creación de empleo (ratio empleos/inversión ≥ 0,01)
    • +5% por inversiones en valor añadido, calidad o trazabilidad

Puedes consultar el documento completo:

https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2025/188/c01/BOJA25-218801-00105-13016-01_00326614.pdf