PLAN RENOVE DE MAQUINARIA AGRÍCOLA 2024
26/07/24
Ayer 25 de julio del 2024 se ha publicado en BOE la convocatoria de las ayudas del PLAN RENOVE de Maquinarias Agrícolas para el 2024 contempladas el Real Decreto 1055/2021, con una dotación presupuestaria de 9.550.000 euros.
Estas subvenciones solamente se destinarán para la compra de nueva maquinaria y equipos agrícolas cuyo uso esté destinado a sus actividades específicas.
El plazo se iniciará a los 10 días contados a partir de la publicación del extracto de esta orden, es decir el 3 de agosto y finalizará el 15 de septiembre de 2024.
Al igual que en anteriores convocatorias podrán ser beneficiarios de las ayudas:
- Las personas físicas o jurídicas titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA).
- Las personas físicas o jurídicas que prestan servicios agromecánicos con maquinaria agrícola a explotaciones agrícolas.
- Las agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera.
Maquinaria por la que se puede solicitar la ayuda:
- Tractores agrícolas.
- Máquinas automotrices:
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- Equipos de recolección.
- Equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
- Equipos de aplicación de productos fertilizantes.
- Cisternas automotrices para aplicación localizada de purines.
- Equipos de manipulación y carga.
- Trituradoras de residuos vegetales.
- Máquinas arrastradas y suspendidas a vehículo tractor:
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- Sembradoras directas.
- Cisternas para purines y dispositivos de aplicación localizada de los mismos.
- Abonadoras.
- Equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
- Trituradoras de residuos vegetales.
- Equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales.
- Otros tipos de máquinas que hayan obtenido la marca de calidad
- Equipos de agricultura de precisión.
La subvención se concederá solo por un único tractor o máquina nuevos por beneficiario y convocatoria, pudiendo achatarrar más de un tractor o máquina obsoletos del mismo tipo que los adquiridos.
Así mismo la maquinaria sustituida deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Ser un tractor agrícola, máquina automotriz, o máquina arrastrada y suspendida a vehículo tractor, del mismo tipo que la adquirida.
- Estar en condiciones de uso y no de abandono, a fecha de solicitud de la subvención, en función del resultado de la ITV, en los casos a los que les sea aplicable dicha exigencia, en vigor y favorable.
- Ser entregada en un centro autorizado.
- En el caso de los tractores, deben estar inscrito en el ROMA con una antigüedad mínima de 15 años a 1 de enero del año de la convocatoria, y deberá haber mantenido la inscripción en dicho registro a nombre del solicitante, al menos, desde el 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.
- En el caso de sembradoras, cisternas para aplicación de purines, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, abonadoras, trituradoras de residuos vegetales y equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales cultivadores, gradas, arados de cincel (chisels) o arados intercepas deberán haber mantenido la inscripción en el ROMA a nombre del solicitante, al menos desde el 1 de enero del 2023.
- Así mismo deberá solicitarse la baja en el ROMA, y realizar el achatarramiento antes del 15 de noviembre de 2024.
El importe de la ayuda depende del tipo de maquinaria:
En el caso de tractores va a variar dependiendo de los Kilovatios de potencia del tractor a retirar y la clasificación energética del nuevo tractor. Así mismo, la cuantía base de esta subvención no sobrepasará 12.000 euros, ni el 30 % del coste total de adquisición sin IVA.
En caso de máquinas automotrices va a depender también de los kilovatios de la potencia fiscal que figure reflejada en la ficha técnica multiplicada por 5 de la máquina automotriz a retirar. Así mismo, la cuantía base de esta subvención no sobrepasará 25.000 euros, ni el 30 % del coste total de adquisición sin IVA.
En el caso de abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios, la ayuda será del 30 % de la inversión sin IVA y no podrá superar los 4.500 euros en el caso de abonadoras y de 6.000 euros para los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
En el caso de sembradoras directas, cisternas para purines equipados con dispositivo de aplicación localizada y dispositivos de aplicación localizada de purín para ser montados en cisternas ya en uso, para sustituir equipos de aplicación por platos, abanico o cañón, trituradoras de residuos vegetales, equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales la cuantía de la subvención será del 30 % de la inversión sin IVA de la nueva máquina. Así mismo, la subvención no podrá superar los 20.000 euros en el caso de las sembradoras y las cisternas para purines, los 6.000 euros en el caso de los dispositivos de aplicación localizada de purín, y los 3.000 euros en las trituradoras de residuos vegetales y equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales.
No se concederán subvenciones por importe inferior a 1.000 euros, a excepción de que la ayuda se destine a la adquisición de un dispositivo de aplicación localizada para cisternas de purines o un equipo de agricultura de precisión en cuyo caso, el límite será de 600 euros.
Real Decreto 1055_2021 consolidado
Para más información y tramitación de solicitudes, ponte en contacto con el equipo técnico de ASAJA Cádiz.