CREACIÓN DEL REGISTRO DE CONTRATOS ALIMENTARIOS

Se ha publicado en BOE el Real Decreto 1028/2022, de 20 de diciembre, por el que se desarrolla el Registro de Contratos Alimentarios.

Con el fin de garantizar el cumplimiento de la Ley de la Cadena Alimentaria, se crea dicho registro que contribuye a incrementar la protección del productor primario y sus agrupaciones, al poner a disposición de las autoridades de ejecución encargadas de control del cumplimiento de las obligaciones impuestas en materia de cadena alimentaria este instrumento que facilitará las tareas de inspección y de control que tengan atribuidas y la tramitación de los posibles procedimientos sancionadores.

Se trata de un registro de carácter digital, en el que se deberán inscribir, con carácter obligatorio, los contratos que se suscriban con los productores primarios y sus agrupaciones y, que contará como mínimo con las siguientes utilidades o funcionalidades: alta de compradores, inscripción de contratos alimentarios, y consulta de la inscripción de los contratos alimentarios.

El registro tendrá la finalidad de suministrar a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) y al resto de autoridades de ejecución designadas por las CCAA, la información necesaria para la comprobación del cumplimiento de la obligación de inscribir los contratos alimentarios y sus modificaciones, anexos e información complementaria.

Se establecen quienes son los sujetos obligados a la inscripción de los contratos alimentarios que, según la Ley de la Cadena Alimentaria, corresponde a los compradores que formalicen los contratos con los productores primarios y sus agrupaciones. También precisa el procedimiento de inscripción, que debe realizarse antes de la entrega de los productos objeto del contrato, así como cuando se produzcan modificaciones del contrato pactadas por ambas partes.

Asimismo, la norma aclara que los obligados a inscribir el contrato serán los primeros compradores cuando adquieran leche cruda a los ganaderos. Para aquellos contratos alimentarios formalizados como contratos de integración, como en el caso de producciones de engorde del sector avícola, será el integrador el obligado a inscribirlo en el registro electrónico.

El registro dependerá del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y estará adscrito a AICA.

Por último, y con la finalidad de garantizar la operatividad de la aplicación electrónica del registro,para que los operadores tengan margen para disponer de los recursos necesarios, la norma aclara que se podrá realizar la inscripción de los contratos alimentarios desde el próximo 31 de enero de 2023, si bien no tendrá carácter obligatorio hasta el 30 de junio de 2023.

BOE-A-2022-21680_Registro Contratos Alimentarios

Para más información, puedes ponerte en contacto con el Departamento Técnico de ASAJA Cádiz.