ORDEN QUE REGULA LA FIGURA DEL GUARDA JURADO DE CAZA Y MODIFICACIÓN DE LOS PERÍODOS HÁBILES PARA LA CAZA DEL CORZO
03/06/26
Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Orden de 1 de junio de 2026, por la que se regula la figura del Guarda Jurado de Caza en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban los requisitos y el procedimiento de acreditación para ejercer sus funciones.
Con la publicación de esta orden se regula la figura del guarda jurado de caza en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se abre un plazo para que entidades soliciten poder homologarse para la impartición de curso de capacitación cinegética para la obtención de la acreditación como guarda jurado de caza y además, se modifica el artículo 11 de la Orden de 5 de julio de 2018, por la que se fijan las vedas y períodos hábiles en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía con respecto al corzo, donde se modifica el período para su caza en batidas que podrán realizarse en los cotos que las tengan aprobadas en sus planes técnicos de caza del 22 de febrero al 31 de marzo, en vez del 1 al 31 de marzo como era hasta ahora. Esta modificación ha sido impulsada desde hace ya varios años desde ASAJA Cádiz a todos los niveles a través de numerosas reuniones y alegaciones a instrumentos normativos. Por ello, agradecemos a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía que ya se haya hecho por fin efectiva.
Con respecto al guarda jurado de caza, entre otros aspectos, cabe destacar los siguientes puntos:
Requisitos para su acreditación:
- Ser mayor de 18 años.
- Cumplir lo establecido en el artículo 98.2 del Reglamento de Ordenación de la Caza de Andalucía, es decir, deberán estar en posesión de la correspondiente licencia y cumplir los demás requisitos exigidos a los cazadores y las cazadoras en el Reglamento. El contenido de materias y normas para la realización del curso de capacitación cinegética, se establece en el Anexo I de la orden.
- No estar inhabilitado/a o condenado/a por sentencia judicial firme en materia de caza, o sancionado/a por resolución administrativa firme por la comisión de infracción grave o muy grave en materia de caza tipificada en la Ley 8/2003, de 28 de octubre.
Acreditación de la aptitud:
- Las personas interesadas en obtener la acreditación para ejercer las funciones como guarda jurado de caza deberán presentar una solicitud, junto con la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos necesarios para su obtención, dirigida a la Dirección General competente en materia de caza. Dicha solicitud tendrá un plazo de resolución de 3 meses, siendo el sentido del silencio administrativo negativo para este tipo de procedimiento.
- La acreditación dispondrá de 5 años de duración y habrá que renovarla una vez finalizado dicho plazo a través un curso de reciclaje.
Curso de capacitación cinegética de acceso a la acreditación del título de guarda jurado de caza:
- El ejercicio de las funciones de guarda jurado de caza requerirá la realización de un curso de capacitación cinegética, que será impartido por entidad o institución debidamente homologada por la Consejería competente en materia de caza.
- El curso tendrá una duración mínima de 40 horas, repartidos en 30 horas lectivas y 10 horas de prácticas de campo y conllevará la realización de un examen.
Homologación de entidades o instituciones, programas formativos y certificados.
Los requisitos que deben disponer las entidades solicitantes deberán ser, entre otros, los siguientes:
- Contar con un equipo de profesorado en el que al menos dos personas tendrán titulación universitaria superior o media relacionada con la materia a impartir.
- Disponer de medios suficientes (infraestructuras y material docente) para el desarrollo del programa del curso, incluida la parte práctica.
Funciones de los guardas jurados de caza:
- Ejercerán la policía y la vigilancia de la actividad cinegética exclusivamente en los espacios cinegéticos en los que prestan su servicio.
- En estos espacios donde prestan servicio podrán realizar, entre otras, las siguientes acciones:
- Prevención de la comisión de posibles infracciones en materia de caza y supervisión de las capturas realizadas durante las jornadas cinegéticas.
- Realización de controles de poblaciones por motivos de gestión, así como control de predadores cuando estén habilitados, con el fin de evitar posibles daños a la agricultura, la ganadería y la fauna silvestre.
- Precintado de piezas de caza, examen de las mismas y toma de muestras biológicas.
- Participación en la toma de datos de censos o muestreos sobre poblaciones cinegéticas.
- Comunicación a la consejería competente en materia de caza de la presencia de posibles enfermedades, epizootias o venenos.
- Auxilio a los Agentes de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y a los cuerpos y fuerzas de seguridad, en el cumplimiento de la legislación vigente en materia cinegética.
- Vigilancia y protección de personas y bienes en fincas rústicas, así como en las instalaciones agrícolas, industriales o comerciales que se encuentren en ellas, y en las fincas de caza respecto del régimen cinegético y espacios de pesca fluvial.
- Cumplimiento de cuantas otras funciones les atribuya la normativa aplicable, en particular las que corresponden a la persona cazadora formada.
- En estos espacios donde prestan servicio podrán realizar, entre otras, las siguientes acciones:
- Podrán proceder a la retirada u ocupación de las piezas cobradas y de los medios de caza y pesca, cuando se hubieran utilizado para cometer una infracción, procediendo a su entrega inmediata a las fuerzas y cuerpos de seguridad competentes.
Los guardas de coto de caza que hubieran sido habilitados con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, y que a 31 de diciembre de 2024 dispongan de habilitación en vigor, podrán mantener dicha condición hasta la finalización de su vida laboral.
Acceso directo a la orden:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2026/104/c01/BOJA26-210401-00020-7537-01_00338772.pdf
Para más información, no dudes en contactar con los Servicios técnicos de ASAJA Cádiz.

