MEDIDAS URGENTES PARA EL FOMENTO DE USOS SILVOPASTORALES DEL MONTE PARA PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES
30/04/26
Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Decreto-ley 7/2026, de 29 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para el fomento de los usos silvopastorales del monte para la prevención de incendios forestales en Andalucía.
Con este decreto-ley se tiene por objeto establecer medidas urgentes para el fomento de los usos silvopastorales del monte para la prevención de incendios forestales en Andalucía de la siguiente manera:
Bonificación del precio de los aprovechamientos de pastos.
El importe de las liquidaciones a realizar en el plazo de un año contado a partir de la entrada en vigor del presente decreto-ley, correspondientes al abono por parte de los adjudicatarios de los aprovechamientos de pastos en los montes públicos titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, quedará bonificado en su totalidad.
Condiciones especiales para la enajenación de aprovechamientos de pastos.
Los pliegos para la enajenación de aprovechamientos de pastos correspondientes a los montes públicos titularidad de la Administración de la Junta de Andalucía contendrán en sus cláusulas técnico-facultativas y económico-administrativas, criterios de valoración de carácter ambiental relativos a su contribución a la prevención de incendios. Dichas cláusulas deberán garantizar el pastoreo efectivo de la superficie adjudicada.
Acceso directo al decreto-ley:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2026/81/c01/BOJA26-208101-00005-5776-01_00337012.pdf
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