APROBADA LA EXTENSIÓN DEL ACUERDO DE LA ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL DE OVINO Y CAPRINO DE CARNE
Hoy se ha publicado en BOE la “Orden APA/1278/2025, de 31 de octubre, por la que se extiende el acuerdo de la Organización interprofesional del ovino y caprino de carne, al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria para efectuar acciones promocionales que redunden en beneficio del sector, realizar actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, y mejorar la información y el conocimiento sobre las producciones y los mercados de ovino y caprino de carne, durante un periodo de cinco años”.
Se trata de una extensión del acuerdo de la Organización Interprofesional de ovino y caprino, que tendrá vigencia durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2030.
Con el fin de alcanzar estos objetivos, se definen en la orden las siguientes líneas de actuación:
- Promoción de la carne de ovino y caprino y su consumo.
- Investigación, desarrollo e innovación tecnológica en el ovino y el caprino de carne.
- Información y conocimiento sobre las producciones y los mercados del ovino y el caprino.
Las aportaciones económicas obligatorias financian la extensión de normas y se aplican a productores, comercializadores, exportadores e importadores de ovino y caprino. Se dividen en dos periodos (2025‑2028 y 2028‑2030) con cuantías de 0,08 €/cabeza o canal en el primero y 0,09 € en el segundo, salvo importadores de carne que pagan 8 €/t y 9 €/t. Los exportadores retendrán la aportación de producción al proveedor anterior, y los intermediarios podrán repercutir la aportación a sus proveedores mediante factura.
En cuanto a los mataderos, todos aquellos que sacrifiquen menos de 4.000 cabezas al año pueden solicitar ser catalogados como Mataderos de Baja Capacidad (MBC). Estos mataderos realizan una aportación fija trimestral según su volumen de sacrificio:
- 2.000 – 4.000 cabezas: 160 € (1º periodo) y 180 € (2º periodo).
- Menos de 2.000 cabezas: 80 € para el primer periodo y 90 € para el segundo.
No obstante, esta condición puede retirarse en caso de incumplimiento de los requisitos establecidos.
La Comisión de Seguimiento también puede catalogar de oficio un matadero como MBC si cumple lo siguiente:
- Tiene más de cinco años de actividad sin enviar información de sacrificios.
- Por estadísticas y datos de la zona, se estima que su sacrificio está dentro del rango MBC.
- Se notifica al operador y este no presenta oposición ni documentación que acredite superar el límite de sacrificios en diez días hábiles.
Puedes consultar con más detalle esta orden en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/boe/dias/2025/11/11/pdfs/BOE-A-2025-22846.pdf
Para más información no dudes en contactar con los Servicios Técnicos de ASAJA Cádiz.
