PUBLICADA LA NUEVA REGULACIÓN DE LOS APROVECHAMIENTOS APÍCOLAS EN LOS MONTES PÚBLICOS ANDALUCES

Se ha publicado en BOJA el “Decreto 159/2025, de 22 de octubre, por el que se regulan los aprovechamientos apícolas en los montes pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía”. Este decreto regula los aprovechamientos apícolas en montes pertenecientes a Andalucía, estableciendo cupos, distancias entre asentamientos, obligaciones de las personas adjudicatarias y en particular el procedimiento de adjudicación en régimen de concurrencia competitiva y el título habilitante de estos aprovechamientos de conformidad con la normativa vigente en materia de montes.

En él se determina que los aprovechamientos apícolas en los montes de Andalucía incluidos en el Catálogo de Montes Públicos de Andalucía no estarán sujetos al pago de tasas, ya que no generan un beneficio económico directo para quienes los disfrutan o porque las condiciones impuestas compensan o anulan dicha utilidad.

Además, se planificarán los aprovechamientos apícolas según el mapa de aptitud apícola de Andalucía, que establece la capacidad de colmenas de cada monte, y se organizarán por asentamientos. Estos aprovechamientos deberán incluirse en el Programa Anual de Aprovechamientos del monte para el primer año de adjudicación.

El cupo mínimo que se establece es de 50 colmenas, mientras que el máximo es de 100, siempre respetando una distancia mínima de 500 metros entre asentamientos, y podrán ser adjudicatarias todas aquellas personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas profesionales inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas que no incurran en prohibiciones para contratar y que dispongan de un seguro de responsabilidad civil vigente durante toda la concesión, además de cumplir con toda la normativa de sanidad e identificación animal que aplica.

https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2025/206/BOJA25-206-00034-14257-01_00327853.pdf

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