PROHIBICIÓN DE CONTROL DE DAÑOS DE PERROS ERRANTES Y GATOS ASILVESTRADOS EN COTOS DE CAZA A PARTIR DEL 29 DE SEPTIEMBRE

El control de daños de perros errantes y gatos asilvestrados es vital, sobre todo, en zonas de campiña de nuestra provincia, para el mantenimiento de poblaciones estables de especies como la perdiz roja autóctona salvaje o el conejo, además de otras especies silvestres y cinegéticas de especial interés. El período de ejecución de este tipo de control según las resoluciones de Planes Técnicos de Caza que lo contemplan, por lo general, va desde el primer día del período hábil de caza del conejo (13 de agosto, para esta temporada de caza 23/24) hasta el último domingo del mes de marzo.

Para esta anualidad, debido a la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 29 de marzo de 2023, de la Ley de protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales ya no se podrá realizar el citado control de daños a partir, del 29 de septiembre, que es la fecha en la que entra en vigor la citada Ley. Hay que tener muy presente esta nueva normativa “suprime la catalogación de perros errantes y gatos asilvestrados y prohíbe la posibilidad de llevar la eliminación de perros y gatos mediante armas de fuego”. Por lo tanto, a partir de esa fecha, como indicamos, no se podrá llevar a cabo el control de daños sobre cualquier perro o gato que transite o habite en su acotado.

Por ello, desde ASAJA Cádiz no estando conforme con esta restricción que seguro, provocará daños y perjuicios en los acotados de nuestra provincia, recordamos que se tenga muy presente para esta anualidad. Todos aquellos cotos de caza que dispongan autorizado este control en la resolución de su Plan Técnico de Caza sólo podrán realizarlo por las personas autorizadas para tal efecto, desde el 13 de agosto hasta el 28 de septiembre.

Para más información, no dudes en contactar con el Departamento Cinegético de ASAJA Cádiz.