MATERIAS ACTIVAS Y AUTORIZACIONES EXCEPCIONALES

Autorizado el uso de Acetamiprid en el cultivo contra cásida.

CONDICIONES DE USO:
– Productos fitosanitarios formulados a base de acetamiprid 20% [SP] P/P, autorizados únicamente en las provincias de Sevilla y Cádiz de la Comunidad autónoma de
Andalucía.
– Cultivos: Remolacha azucarera.
– Plaga/enfermedad: Cásida o chinche de la remolacha (Cassida vittata).
– Dosis: 0,25 Kg/ha.
– Nº aplicaciones: 1 aplicación por ciclo de cultivo durante BBCH 31-49.
– Volumen de caldo: 200-1000 L/ha.
– Aplicación: Pulverización foliar.
– Plazo de seguridad: 28 días.
– Efectos de la autorización: desde el 15 de febrero hasta el 14 de junio de 2023, ambos inclusive.
– Restricciones: Prohibido utilizar partes aéreas de la planta de la remolacha azucarera como alimento para animales debido a la presencia de residuos de la sustancia activa
Acetamiprid.

RESOLUCION A.E ACETAMIPRID_CÁSIDA_REMOLACHA

Para cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el técnico de Producción Integrada de ASAJA Cádiz.