AYUDAS A LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS AGRARIOS

Se ha publicado en BOJA, la Orden por la que se convocan para el ejercicio 2021 las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados.

La Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados, prevé el establecimiento anual del Plan de Seguros Agrarios Combinados, en el que se determinan las producciones que son asegurables, las fechas de suscripción de los seguros y las ayudas estatales que tendrá su constitución.

Durante el año 2020 están implicadas las ayudas a la contratación de seguros agrarios del cuadragésimo Plan de Seguros Agrarios Combinados, y del cuadragésimo primer Plan de Seguros Agrarios Combinados.

La cuantía total máxima de las ayudas convocadas se establece en 11.000.000 € ( 7.655.405,78 € con cargo a la anualidad 2021 y 3.344.594,22 € con cargo a la anualidad 2022)

La ayuda se aplica a las pólizas contratadas entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre del 2020, se calcularán en base a la ayuda otorgada por ENESA. La formalización de la correspondiente póliza de seguro tendrá la consideración de solicitud de la ayuda.

La subvención para todas las líneas agrícolas, forestales y módulos distintos al módulo 1, del cuadragésimo Plan de Seguros Agrarios Combinados, será de un 80%, y de un 100% para las pólizas contratadas dentro del cuadragésimo primer Plan de Seguros Agrarios Combinados, excepto para las siguientes líneas y módulos:

  1.  Seguro de explotaciones olivareras: 130% (150% para las ayudas de las pólizas contratadas dentro del cuadragésimo primer Plan de Seguros Agrarios Combinados).
  2.  Seguro de explotaciones citrícolas: 130%.
  3.  Seguros de explotaciones hortofrutícolas: 130%.
  4.  Seguro de explotaciones de frutos secos: 130%.
  5.  Seguro de explotaciones vitícolas: 130% (150% para las ayudas de las pólizas contratadas dentro del cuadragésimo primer Plan de Seguros Agrarios Combinados).
  6.  Seguro de explotaciones de planta viva, flor cortada, semillas y viveros: 130% (150% para las ayudas de las pólizas contratadas dentro del cuadragésimo primer Plan de Seguros Agrarios Combinados).

Para las líneas ganaderas, incluidas las de retirada y destrucción de animales muertos y las líneas acuícolas, del cuadragésimo Plan de Seguros Agrarios Combinados, la subvención será del 130%.

En el caso de las pólizas contratadas dentro del cuadragésimo primer Plan de Seguros Agrarios Combinados, la subvención será del 130% a nivel general, excepto para las siguientes líneas:

  1. Seguros de explotaciones de ganado vacuno: 150 %.
  2. Seguro de explotaciones de ganado ovino y caprino: 150 %.
  3. Seguro de explotaciones de ganado porcino: 150 %.
  4. Seguro de explotaciones de ganado equino: 150 %.

Tanto para las líneas agrícolas como ganaderas, la subvención tendrá la cuantía resultado de aplicar los porcentajes anteriores sobre la subvención otorgada por ENESA, con un límite máximo por póliza de 5.000 € de subvención por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

El límite máximo de ayuda por beneficiario se establece en 9.000 €.

BOJA21-096-00003-8621-01_00192500 Extracto

BOJA21-096-00013-8620-01_00192499 Convocatoria

Para más información, no dudes en contactar con el Departamento de Seguros de ASAJA Cádiz.