SEGURO DEL CONVENIO COLECTIVO DEL CAMPO

Recordamos la obligación de tener concertado los seguros  previstos en los artículos 378 y 40 del  Convenio Colectivo del Campo para nuestra  provincia que cubra, tanto para trabajadores eventuales como fijos y fijos-discontinuos la ayuda por fallecimiento, así como la Incapacidad total y absoluta, así como fallecimiento derivada de Accidente de trabajo, una indemnización por un importe que actualmente es de 11.000,00 euros.

En caso de ausencia de póliza de seguros que cubra las citadas contingencias e importe, las empresas vendrán obligadas a abonar la misma a el trabajador o sus herederos en caso de fallecimiento.

A tal efecto, desde ASAJA Cádiz tenemos concertada como tomadores una póliza colectiva para todos aquellos socios que quieran incorporarse en unas ventajosas condiciones económicas al ser una póliza colectiva.

Para su contratación pueden ponerse en contacto con Carmen Martínez del Departamento Jurídico-Laboral de ASAJA Cádiz.