AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL PARA EL USO DEL 1,3-DICLOROPROPENO PARA LA DESINFECCIÓN DE SUELOS EN LA VID

La Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha publicado la Resolución de Autorización Excepcional para el uso y la comercialización de productos fitosanitarios formulados a base de 1,3-Dicloropropeno para la desinfección de suelos en la vid.

Como todos los años, desde ASAJA Cádiz hemos estado insistiendo desde primer momento en esta autorización, para que no dejaran fuera la vid, como ha ocurrido en anteriores ocasiones.

Los periodos de vigencia para la Comunidad Autónoma de Andalucía son:

  • Desde el 19 de enero hasta el 31 de enero de 2021.
  • Desde el 16 de septiembre al 31 de diciembre de 2021.

Por su parte, la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de la Junta de Andalucía ha publicado la Autorización Provisional para la utilización de los productos formulados a base de 1,3-Dicloropropeno para su uso en desinfección de suelos previo al trasplante o plantación dentro del Reglamento Específico de Producción Integrada de vid, en dos períodos:

  • Desde el 19 al 31 de enero de 2021.
  • Desde el 16 de septiembre al 31 de diciembre de 2021.

Las personas autorizadas para el manejo, aplicación y uso de este producto deberán disponer del carné de usuario profesional nivel fumigador para la aplicación de productos fitosanitarios, aparte de poseer el carné de nivel básico o cualificado.

Asimismo, la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha resuelto la Autorización Excepcional para la comercialización y el uso de productos formulados a base de 1,3-Dicloropropeno y su mezcla con la sustancia activa cloropicrina para la desinfección de suelos.

Se deberá tener en cuenta las instrucciones específicas para su correcto uso así como los condicionamientos y medidas de mitigación de obligado cumplimiento para la aplicación de estas sustancias activas. La aplicación solo está permitida a operadores inscritos en el sector tratamientos fitosanitarios del ROPO y autorizados para la aplicación de productos fitosanitarios que sean o generen gases tóxicos, muy tóxicos o mortales, es decir, que su aplicación se encuentra restringida a determinadas empresas de aplicación y no puede ser realizada por agricultores directamente.

R_AE_DICLOROPROPENO_2021_0

R_AUTORIZACION EXCEPCIONAL 1,3 DICLOROPROPENO_2

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Dicloropropeno + cloropicrina

Para cualquier consulta no dudes en dirigirte al Departamento Técnico de ASAJA Cádiz.