MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LA PREVENCIÓN DE LOS INCENDIOS FORESTALES

Se ha publicado hoy en BOJA la Orden de 24 de agosto de 2020, por la que se modifica la anterior Orden de 8 de marzo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la prevención de los incendios forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Estas ayudas están destinadas a titulares de terrenos forestales declarados como zonas de alto o medio riesgo de incendios ubicados en Andalucía, para la realización de inversiones incluidas en el correspondiente plan de gestión forestal, aprobado por la autoridad forestal andaluza, para la prevención de incendios forestales.

Las actuaciones subvencionables realizadas en terrenos forestales públicos o privados no gestionados directamente por la Junta de Andalucía y que hayan sido clasificados como zona de alto riesgo de incendios son las siguientes: apertura o mejora de líneas, fajas o áreas cortafuegos; conservación de las mismas mediante pastoreo controlado o de alguna otra forma permitida; construcción de puntos de agua consistentes en pantanetas y/o depósitos; y mejora de los mismos con el fin de adaptarlos a los requisitos establecidos.

El porcentaje máximo de subvención es del 100% del importe de los costes de las inversiones subvencionables. La cuantía máxima por finca es de 60.000 euros, la mínima es de 500 euros.

Entre las modificaciones que se han incluido, cabe destacar la obligatoriedad de que los trámites con las Administraciones Públicas se hagan a través de medios electrónicos, incluyendo todo lo relativo a la solicitud. También, se ha eliminado la necesidad de presentación de memorias técnicas para la tramitación de ayudas, en su lugar se habrá de presentar documentación gráfica que refleje la/s finca/s declaradas y las inversiones a realizar, con las características que se detallan en el documento.

La información asociada al procedimiento está disponible en el siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/13577/datos-basicos.html

Desde ASAJA Cádiz presentamos alegaciones al borrador de estas bases, ya que consideramos que aspectos como la obligatoriedad del uso de vías telemáticas no son oportunos, para lo cual se debería contar con una plataforma más ágil, eficiente y rápida. Así como, las altas moderaciones de costes, y el estricto control técnico y administrativo que causan desánimo y falta de incentivo para la solicitud de ayudas.

BOJA20-167-00008-9496-01_00176826 Modificación Bases

BOJA18-051-00034-4591-01_00131977 Bases anteriores

Para más información,no dudes en contactar con el Departamento Técnico de ASAJA Cádiz.