Dado que nos encontramos en época de alto riesgo de incendios forestales, le recordamos que, de acuerdo a la Orden de 11 de septiembre de 2002, por la que se aprueban los modelos de determinadas actuaciones de prevención y lucha contra los incendios forestales, y se desarrollan medidas de protección, es requisito indispensable la certificación de los trabajos realizados en cada anualidad correspondiente del Plan de Prevención de Incendios Forestales. El plazo para presentar la certificación transcurre hasta 1 mes finalizada la anualidad que se corresponde según el Plan.
Cómo certificar que se han realizado dichos trabajos forestales:
Existe la obligación de certificar los trabajos forestales contemplados en el Plan de Prevención de Incendios, tal y como recoge la normativa. Además, es prueba inequívoca que puede usar el titular para solicitar la reducción del 75% de las tasas de extinción, en caso de producirse un incendio forestal que afecte a su finca.
Para más información, no dudes en ponerte en contacto con el Departamento Cinegético de ASAJA Cádiz.