AYUDAS PORCINO IBÉRICO

Publicado hoy en el BOE el Real Decreto 687/2020, de 21 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones estatales destinadas al sector porcino ibérico en el año 2020.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los titulares de una explotación de ganado porcino ibérico inscrita en el registro general de explotaciones ganaderas (REGA) y en el sistema ÍTACA, que presenten un Plan de participación de su explotación ganadera, con el objeto de sacrificio de animales de raza ibérica fuera del ámbito de la Norma (en plazo, forma y lugar que determine la Consejería de Agricultura pero en todo caso antes del 31 de agosto de 2020) y esté incluida en alguna de las siguientes clasificaciones u orientaciones zootécnicas.

  1. Explotaciones de cebo.
  2. Explotaciones de producción, en concreto las explotaciones de producción de «Ciclo cerrado» y las de «Tipo mixto».

Para ser subvencionables, los animales deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Que hayan salido del cebadero con destino a matadero en el período fijado (entre el 7 julio y el 15 octubre de 2020)
  2. Al menos el 50% de su porcentaje genético corresponda a la raza porcina ibérica de acuerdo a lo establecido en la norma.
  3. Que a su sacrificio tengan una edad comprendida entre los 5 y los 9 meses y el peso canal del lote esté comprendido entre 70 – 95 kg por animal (87 – 120 kg de peso vivo).
  4. Correctamente identificados y registrados en el sistema ÍTACA.
  5. A su salida la persona titular debe registrar dicha salida en ÍTACA para su baja.
  6. Una vez sacrificados, se proceda a cortar las pezuñas o retira la uña a las mismas.

Corresponde a las CCAA la convocatoria de las subvenciones, por tanto, será publicada en el BOJA. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución de las solicitudes no podrá exceder de seis meses contados a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación financiará estas con un importe máximo de 10 millones de euros. La cuantía de la subvención se establece en 40 euros por animal, con un máximo de 500 animales por explotación (máximo de 20.000 euros por explotación), al amparo de las ayudas de minimis en el sector agrario.

Estas subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva, tendrán prioridad los solicitantes que tengan la condición de explotaciones de titularidad compartida y, posteriormente se atenderá a la prioridad en la fecha y hora de sacrificio en el matadero. Las CCAA  podrán establecer criterios objetivos complementarios para ordenar solicitudes hasta que se agote el crédito disponible.

Recordar que desde ASAJA Cádiz y ASAJA Nacional hemos sido muy críticos con estas ayudas ya que entendemos no se adaptan a las necesidades de nuestro sector y que al final, como viene pasando con otras ayudas ganaderas, y ya hemos denunciado públicamente, quedarán en humo.

2020.07.22_BOE-A-2020-8296

Para cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el Departamento Técnico de ASAJA Cádiz.