Como consecuencia de la situación excepcional motivadas por el COVID-19, y las dificultades que conllevaban, se establecieron determinadas flexibilidades mediante Resolución de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura de 16 abril 2020, especialmente las que permitían ciertos movimientos desde explotaciones con la calificación caducada. A este respecto indicar que los movimientos permitidos hacia otras comunidades autónomas desde explotaciones con la calificación caducada recogidas en la Resolución de la Dirección General de 16 abril 2020 lo serán exclusivamente hasta el día 15 de junio. Estas son:
Por otro lado se acordó cierta flexibilidad en lo referente a las vacunas de lengua azul de explotaciones y animales en los movimientos desde zonas restringidas a lengua azul, se recuerda igualmente que la citada flexibilidad se aplicará hasta el 15 de junio.
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