AYUDA MANTENIMIENTO SISTEMAS TRADICIONALES GANADERÍA EXTENSIVA RUMIANTES. MODIFICACIÓN INSTRUCCIÓN SANEAMIENTOS GANADEROS

En la nueva operación agroambiental 10.1.13 «Mantenimiento de sistemas tradicionales de ganadería extensiva de Andalucía en rumiantes», convocada en la campaña 2020, indica que los recintos de las explotaciones ganaderas por los que se solicite la ayuda deberán estar inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía (REGA) a fecha 31 de diciembre de 2020. Adicionalmente recoge que aquellos recintos no incluidos en las explotaciones del titular y que sean objeto de pastoreo, deberán cumplir las Resoluciones de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de 21 de mayo de 2013 y la Instrucción de 30 de abril de 2019.

Así de esta forma, se ha modificado la última instrucción en vigor de 30 de abril de 2019 (cambios que sólo afectan a las provincias oficialmente libres de brucelosis ovina y caprina, Cádiz, Huelva, Sevilla y Córdoba), en lo referente al traslado de rebaños ovinos o caprinos para el aprovechamiento temporal de pastos y rastrojeras en provincias con estatuto de oficialmente indemnes de brucelosis (brucella melitensis), quedando modificada en los siguientes términos:

1.La explotación de origen deberá estar calificada como M4, y cuando tenga la autorización semestral de la Delegación Territorial para el aprovechamiento temporal de pastos y rastrojeras, el Servicio de Sanidad Animal seleccionará a las explotaciones para un control sanitario entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de cada año, controlándose el rebaño de la siguiente forma:

  • Todos los animales machos enteros de más de 6 meses.
  • Todos los animales introducidos en la explotación después del control precedente.
  • El 25 % de las hembras en edad fértil (sexualmente maduras) o nodrizas, sin que su número pueda ser inferior a 50 por explotación, salvo en explotaciones con menos de 50 hembras de esas características, en las que se controlarán todas las hembras.

2.De igual forma, la explotación que cuente con la autorización semestral de la Delegación Territorial para el aprovechamiento temporal de pastos y rastrojeras, y ya fue seleccionada para el control anual para el mantenimiento de la calificación de la provincia como oficialmente indemne, de acuerdo a la Directiva 91/68/CEE, el control de animales anteriormente referida no será aplicable, debiéndose controlar el 100 % de los animales susceptibles de ser chequeados, antes del 1 de octubre de cada año.

 Para cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el Departamento Técnico de ASAJA Cádiz.