AYUDA REESTRUCTURACIÓN VIÑEDO. PERIODO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE CERTIFICACIÓN Y PAGO. POTENCIAL VITÍCOLA

Como ya informamos mediante circular  el pasado 31 de marzo, y dentro de la Ayuda de Reestructuración de Viñedo, la normativa establece que el periodo para justificar y presentar la solicitud de certificación y pago, será del 15 de abril al 15 de mayo de cada año. Desde los Servicios Centrales de la Consejería de Agricultura, nos trasladaron que por el actual Estado de Alarma, se iba a modificar el Real Decreto 1363/2018, normativa que regula a nivel nacional esta ayuda.

En el día de hoy hemos recibido nueva circular de la Consejería de Agricultura, donde informan entre otros temas de los siguientes periodos a tener en cuenta.

Se podrá presentar la solicitud de certificación y pago en el año 2021 en los siguientes casos:

** Las operaciones bienales solicitadas en 2018 y que corresponde finalizar en 2020.

** Las operaciones anuales solicitadas en 2019 y que corresponde finalizar en 2020.

En caso de que el Estado de Alarma se prorrogue, habría que trasladar los plazos, tanto de apertura como de cierre de la presentación de las solicitudes de certificación y pago, tantos días como esté vigente el Real Decreto que regula el Estado de Alarma.

No obstante para aquellos viticultores que han finalizado todas las operaciones solicitadas y hayan pagado las facturas correspondientes, podrán presentar su solicitud de certificación y pago a partir del próximo 15 de abril.

De esta manera para quien haya realizado todas las operaciones podrá presentar su solicitud desde el 15 de abril de 2020, pero se pospone a 2021 para quien no haya podido realizarlas.

En cuanto a los plazos dentro del Potencial Vitícola, y tal y como se recoge en esta circular, también se verán afectados los periodos de comunicaciones:

Solicitudes de nueva plantación:

  • El plazo máximo de 3 años de validez de las autorizaciones para nuevas plantaciones concedidas queda suspendido durante el plazo de vigencia del Estado de Alarma.

Resolución de arranque:

  • El plazo de 1 mes para la comunicación de la realización del arranque por parte del viticultor queda suspendido durante el plazo de vigencia del Estado de Alarma.
  • La fecha límite del 30/04/20 para comunicación de la realización del arranque, queda sin sentido respecto a lo indicado anteriormente.
  • El plazo de 3 meses para Resolver el arranque y el silencio administrativo positivo queda suspendido durante el plazo de vigencia del Estado de Alarma.
  • El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación prevé modificar el RD 1338/2018, de tal manera que se retrotraiga, al 31 de julio de 2020, la efectividad de las resoluciones de los arranques ejecutados en la campaña 2019/2020 que se notifiquen a los beneficiarios con posterioridad al 31 de julio de 2020.

Solicitudes autorización para replantación:

  • La solicitud deberá presentarse antes del final de la 2ª campaña siguiente a la campaña en que se haya notificado la resolución de arranque. Este plazo queda suspendido durante el plazo de vigencia del Estado de Alarma, si este se prolongará más allá del 31/07/2020, todas las autorizaciones no solicitadas con resolución de arranque realizadas en la campaña 17/18 podrán presentarse antes del 31/07/21.

Solicitudes de replantación

  • El plazo máximo de 3 años de validez para presentar las solicitudes de replantación queda suspendido durante el plazo de vigencia del Estado de Alarma.

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Si tienes alguna cuestión, puedes ponerte en contacto con el Departamento Técnico de ASAJA Cádiz.