CONVOCATORIA AYUDAS PARA PROMOCIONAR LOS PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS

En el BOJA número 139 del lunes 22 de julio se ha publicado la convocatoria para las ayudas dirigidas a la promoción del mercado interior de productos agroalimentarios amparados en el régimen de calidad.

Serán objetos de ayudas las líneas:

Línea 1: «Apoyo a las actividades de promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interior, excluido el sector oleícola y aceituna de mesa»

Línea 2: «Apoyo al sector oleícola y aceituna de mesa para actividades de promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interior».

Los Conceptos subvencionables consistirán en la promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interior de la Unión Europea, en relación con productos producidos bajo alguno de los siguientes programas de calidad de los alimentos:

  1.  Denominaciones de Origen Protegidas (DOP), Indicaciones geográficas protegidas (IGP) y Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG).
  2.  Producción Ecológica.
  3.  Producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados. Únicamente podrán ser subvencionadas actividades de promoción de productos obtenidos mediante producción integrada cuya certificación alcance a la fase de procesado posterior a la recolección o producción.
  4.  Indicación geográfica de bebidas espirituosas (IGB).
  5.  Indicaciones geográficas de los productos vitivinícola aromatizados de acuerdo con lo dispuesto el Reglamento (UE) nº 251/2014 del parlamento europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la definición, descripción, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de los productos vitivinícola aromatizados, y por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 1601/91 del Consejo.
  6.  Denominaciones de origen, indicaciones geográficas y términos tradicionales en el sector vitivinícola de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios.
  7.  Los productos agroalimentarios de la marca “Calidad Certificada” regulados por el Decreto 229/2007, de 31 de julio.
  8.  Los productos etiquetados como “productos de montaña”, que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 31 del Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, el Reglamento delegado (UE) 665/2014 y la normativa autonómica que desarrolle la reglamentación correspondiente.

La Cuantía de la ayuda será la siguiente:

1.- Porcentaje máximo de  ayudas: 60% de los costes subvencionables de la actividad.

2.- Cuantía máxima de la subvención: 150.000 euros por beneficiario, excepto para Consejos Reguladores que gestionen más de una Denominación de Origen, incluidas en el Plan de Promoción presentado, en cuyo caso, se incrementa la cuantía máxima a 250.000 euros.

Asimismo, la cuantía máxima de la ayuda por persona beneficiaria y convocatoria, no podrá superar en 1,5 veces el presupuesto total aprobado de la entidad, correspondiente, en el ejercicio anterior.

BOJA19-139-00026-11143-01_00159424

Para cualquier cuestión puede ponerte en contacto con el departamento técnico de Asaja-Cádiz.