MATERIAS ACTIVAS Y AUTORIZACIONES EXCEPCIONALES

El uso de materias activas está limitado y restringido solo a aquellas materias activas autorizadas para P.I. en arroz.

Las materias activas que se pueden aplicar en el arroz deben estar inscritas en el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios y autorizadas en Producción Integrada de arroz. Hay que tener en cuenta las restricciones reflejadas en las autorizaciones excepcionales a la hora de realizar cualquier tratamiento. En estos momentos la autorizaciones excepcionales y provisionales vigentes son el fungicida Fludioxinil 2,5% para tratar las semillas de arroz, el herbicida Propanil 48 % para colas y junquillos (solo aplicaciones terrestres) el fungicida Azoxistrobin 25% para tratar el hongo de la piricularia (permitido aéreo y terrestre). ANEXOS 3-6.

ANEXO 3

ANEXO 4

ANEXO 5

ANEXO 6

Para cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el técnico de Producción Integrada de Asaja-Cádiz.