NORMATIVA

Según Reglamento de Producción Integrada se utilizarán aquellas sustancias activas aprobadas en la Directiva 91/414/CEE,  podrán utilizarse  hasta sus respectivas fechas límite de utilización establecidas en el momento de su exclusión.

Aquellos  insecticidas y fungicidas que se quieran utilizar deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Productos y Material Fitosanitario del Ministerio de Agricultura, el cual en el siguiente enlace podréis consultar:

https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/productos-fitosanitarios/registro/productos/conregnom.asp?e=3&cod=&nom=

Asimismo se puede descargar la ficha técnica del producto fitosanitario deseado, donde se especifica:

  • Número de registro.
  • Nombre comercial.
  • Fecha de inscripción.
  • Fecha de caducidad (debe poseer una fecha posterior a la utilización del producto) Composición (Materia activa en %).
  • Usos autorizados.
  • Cultivo/Especie: debe poner remolacha azucarera o cultivo industrial – Plaga/Efecto: plaga, enfermedad, etc. a controlar.
  • Dosis: en L/ha, Kg/ha, %, etc. – P.S. (Plazo de seguridad): tiempo legalmente establecido, expresado usualmente en números de días, que debe transcurrir entre la última aplicación de un fitosanitario y la cosecha.
  • Condicionamientos fisioterapéuticos: condiciones de uso.

Para cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el técnico de Producción Integrada de Asaja-Cádiz.