MATERIAS ACTIVAS Y AUTORIZACIONES EXCEPCIONALES

Como viene siendo habitual en campañas anteriores es obligatorio eliminar las malas hierbas y restos vegetales de cultivos anteriores con la suficiente antelación, pudiendo dejar sus restos sobre el suelo cuando no presenten un riesgo de transmisión de plagas o enfermedades.

Se utilizarán exclusivamente los herbicidas inscritos en el Registro Oficial de Productos y Material Fitosanitario formulados con las sustancias activas que figuran en este ANEXO II de la  Resolución de 2 de junio de 2015  incluidas en el control integrado de los Reglamentos Específicos de Producción Integrada de Ajo, Algodón, Arroz, Fresa, Frutales de Hueso, Cultivos Hortícolas Protegidos, Olivar, Patata, Remolacha azucarera, Tomate para transformación industrial, Trigo Duro, Vid (uva para vinificación), Zanahoria y Chirivía.

ANEXO II

RESOLUCIÓN 2 JUNIO 2015

HERBICIDAS AUTORIZADOS EN P.I REMOLACHA

INSECTICIDAS Y FUNGICIDAS AUTORIZADOS EN P.I REMOLACHA

Para cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el técnico de Producción Integrada de Asaja-Cádiz.