MEDIDAS A TOMAR PARA LA IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS GANADEROS ENTRE ESPAÑA Y REINO UNIDO

El Ministerio de Agricultura ha publicado los requisitos sanitarios aplicables al comercio de productos ganaderos entre el Reino Unido y España en caso  de una salida sin acuerdo del BREXIT.

Importación

Requisitos sanitarios para importar animales y determinados productos de origen animal no destinados a consumo humano desde el Reino Unido.

Para importar un animal vivo o un producto de origen animal no destinado a consumo humano (piel, lana, harinas de carne o pescados, huesos…) desde Reino Unido a España, este deberá ser introducido por un puerto o aeropuerto que cuente con un puesto de inspección fronterizo (PIF) autorizado para la categoría de animales y productos que deseen importar.

El importador directamente o a través de su Agente de Aduanas debe de pre-notificar la llegada de la mercancía 24 horas antes de que llegue al PIF.

Los requisitos sanitarios que deben cumplir las mercancías originarias de Reino Unido son:

  • Cuando se trate de producto de origen animal, estos deben proceder de establecimientos autorizados por la Unión Europea (UE).
  • Las mercancías deben de ir acompañadas por un certificado sanitario específico para el animal o producto.
  • Se debe de realizar el pago de la tasa por controles veterinarios. Puede realizarse el pago telemático a través de la aplicación GESTAS del Ministerio de Agricultura.
  • En el caso de animales estos deben ir a una explotación autorizada con número de registro autorizado código de explotación ganadera (REGA).
  • En el caso de productos, tanto el importador como el establecimiento de destino deben estar autorizado, bien en la categoría SANDACH (para subproductos) o en SILUM (para productos destinados a la alimentación animal).

Requisitos sanitarios para importar productos de origen no animal destinadas a la alimentación animal desde el Reino Unido.

Estos productos deberán ser introducidos por un puerto o  aeropuerto que cuente con un punto de entrada (PE) autorizado.

El importador directamente o a través de un agente de aduanas, debe de notificar la llegada de la mercancía 24 horas antes de que llegue al PE.

Tanto el importador como el establecimiento de destino deben estar registrados como tal en la aplicación de SILUM.

Exportación

Requisitos sanitarios para exportar animales y productos de origen animal de España a Reino Unido.

Todos los productos de origen animal (incluyendo cárnicos, lácteos, pescado, miel…) no necesitaran realizar ningún trámite adicional para poder exportarse al Reino Unido desde el punto de vista de certificación zoosanitaria.

La exportación de animales vivos, material genético (semen, óvulos…) y algunos subproductos (harinas, pescados…) tendrán  que notificarse precisamente  al Reino Unido con un certificado intracomunitario (expedido  por los servicios competentes de ganadería de las comunidades autónomas como se viene haciendo  hasta ahora o por un documento comercial de acompañante).

En estos casos solo cambiará ligeramente el procedimiento a seguir pues será necesario realizar una prenotificación que deberá obtener un número de referencia único antes de realizar la operación de exportación y que deberá reflejarse en el Certificado Intracomunitario o en el documento comercial para esa exportación.

No se aplicará controles adicionales a los existentes en la situación actual.

Nota comercio ganadero

Si tienes alguna duda puedes ponerte en contacto con el departamento técnico de Asaja-Cádiz.