NORMATIVA

Se utilizarán exclusivamente los insecticidas y fungicidas inscritos en el  https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/productos-fitosanitarios/registro/menu.asp. En este enlace puedes descargar la ficha técnica del producto fitosanitario deseado, donde se especifica:

Número de registro.

Nombre comercial.

Fecha de inscripción.

Fecha de caducidad (debe poseer una fecha posterior a la utilización del producto) Composición (Materia activa en %).

Usos autorizados:

– Cultivo/Especie: Debe poner remolacha azucarera o cultivo industrial – Plaga/Efecto: plaga, enfermedad, etc. a controlar.

– Dosis: en L/ha, Kg/ha, %, etc. – P.S. (Plazo de seguridad): Tiempo legalmente establecido, expresado usualmente en números de días, que debe transcurrir entre la última aplicación de un fitosanitario y la cosecha.

– Condicionamientos fisioterapéuticos: Condiciones de uso.

Se utilizarán aquellas sustancias activas recogidas en el Reglamento de Producción Integrada y, que resulten excluidas del Anexo I de la Directiva 91/414/CEE. Podrán utilizarse como tales hasta sus respectivas fechas límite de utilización establecidas en el momento de su exclusión.