BASES REGULADORAS PARA LA AYUDA AL FOMENTO DE LA INTEGRACIÓN Y FUSIÓN DE ENTIDADES ASOCIATIVAS AGROALIMENTARIAS

En el BOJA nº 137 del martes 17 de julio de 2018 se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvención en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas al fomento de los procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias.

Serán subvencionables:

  • Fusión por absorción de una o más entidades asociativas agroalimentarias.
  • Constitución de una nueva entidad por disolución de dos más entidades asociativas agroalimentarias que intervienen en el proceso.

Podrán solicitar la subvención:

  • Sociedades cooperativas agroalimentarias andaluzas.
  • Sociedades cooperativas agroalimentarias de 2º grado.
  • Entidades agrarias de transformación con sede social en Andalucía.
  • Entidades mercantiles siempre que más del 70% de su capital social pertenezca a entidades nombradas anteriormente.

Requisitos:

  • Las entidades implicadas en el proceso tienen que tener su sede social en Andalucía y, en caso de la resultante, debe de estar además en el registro de cooperativas, registro SAT.
  • Las entidades disueltas en el proceso de fusión o constitución serán relativas a producción primaria.
  • Las entidades que soliciten el proceso de fusión o constitución deberán de acreditar que al finalizar el proceso tenía más de tres años de funcionamiento.
  • Las entidades que soliciten el proceso de fusión o constitución habrán de haberse constituido dentro del periodo comprendido entre el final de la convocatoria del año inmediato a la convocatoria.
  • La entidad resultante del proceso de fusión deberán de cumplir:
    1. El compromiso de comercialización de la totalidad de la producción.
    2. Compromiso de las personas socias en permanecer y participar en la entidad en un periodo mínimo de cinco años.
    3. Que el órgano de administración de la entidad esté constituido por al menos una mujer de menos de 41 años.

El mantenimiento de los requisitos es de 5 años.

La cuantía subvencionable es de un 70% de los gastos subvencionables con carácter general. Con un 10% adicional de la entidad fusionada está reconocida como entidad asociativa prioritaria.Ç

ENTIDADES ASOCIATIVAS BOJA18-137-00028-12314-01_00139627