AYUDAS POR LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS AGRARIOS

En el BOJA nº 134 del jueves 12 de julio, se aprueba la convocatoria para el 2018 de las ayudas de contratación de seguros agrarios combinados.  Cuyo objetivo es convocar las ayudas y los pagos para el año 2018 de las pólizas de seguros contratadas entre el 1 de enero del 2017 y el 30 de diciembre del 2017 dentro del plan de seguros agrarios combinados.

Módulo A)

  1. La subvención para todas las líneas agrícolas será de un 30% excepto para las siguientes líneas:
  • Seguro con coberturas crecientes para las explotaciones de hortalizas bajo cubierta en la península e islas baleares 40%.
  • Seguro de coberturas crecientes para explotaciones de hortalizas al aire libre de ciclo otoño-invierno en la península y las islas balares 40%.
  • Seguros de coberturas crecientes para explotaciones de hortalizas al aire libre de ciclo primavera-verano en la península y las islas baleares 55%.
  • Seguro de coberturas crecientes para explotaciones olivareras del 50%.

Todas ellas con un límite máximo de 5.000€ de subvención.

  1. Para las líneas ganaderas, salvo las de retirada y destrucción de animales muertos del plan de seguros agrarios, la subvención será del 30% excepto para las siguientes líneas:
  • Seguro de explotación de ganado ovino caprino que será del 50%.
  • Seguro por compensación por pérdida de pastos 50%.

Todas ellas con un límite máximo de 5.000€ de subvención.

  1. Para las líneas de seguros de cobertura por los de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales muertos en la explotación del plan de seguros agrarios combinados la subvención será del 100% con un límite de 5.000€.
  2. En las pólizas contratadas para entidades asociativas, el límite de ayuda será el importe resultante de multiplicar los límites de las líneas 1-2-3 por el nº de personas socias aseguradas.

Módulo B)

  1. La subvención para todas las líneas agrícolas y módulos distintos al módulo A) será de un 70% excepto para las siguientes líneas:

– Seguro de explotaciones olivareras 100%.

– Seguro de explotaciones de frutos secos 100%.

  1. Para las líneas ganaderas, incluidas las de retirada y distribución de animales muertos, la subvención será del 150%.

Ambas pólizas tendrán un límite subvencionable de 5.000€.

  1. Las pólizas contratadas por entidades asociativas, el límite de ayuda será el importe resultante de multiplicar los límites recogidos en los apartados 1 y 2 por el número de personas socias aseguradas.

SEGUROS AGRARIOS BOJA18-134-00003-11962-01_00139282