GASOIL AGRÍCOLA

Se recuerda que desde  el 1 de abril está abierto el plazo para presentar la solicitud de devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos (gasoil agrícola).

Tienen derecho a la devolución los agricultores y ganaderos que hayan tenido derecho a la utilización de gasóleo bonificado para uso agrícola y que efectivamente haya sido empleado como carburante en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura, y que, además, en relación con estas actividades, hayan estado inscritos en dicho periodo  en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Los consumos que dan derecho a la devolución son los realizados en:

  • Motores de tractores y maquinaria agrícola autorizados o no para circular por vías y terrenos públicos, empleados en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura.
  • Motores  de los aparatos y artefactos empleados en igual destino.

El importe a devolver será igual al  resultado de aplicar el tipo de 63,71 euros por 1.000 litros sobre una base constituida por el volumen de gasóleo efectivamente empleado en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería, y silvicultura durante el periodo indicado, expresado en miles de litros.

Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

Como en años anteriores, si quieres solicitar la devolución, puedes hacerlo a través de María José en ASAJA Cádiz.